La predestinación calvinista, condenada por la Iglesia

Según la predestinación calvinista no todos los hombres son creados para el mismo fin:

«Dios predestina a algunos para destrucción desde que son creados» [Calvino, De la Predestinación, capítulo 5].

«Llamamos predestinación al decreto eterno de Dios por el cual determinó lo que quiere hacer de cada uno de los hombres. Porque Él no los crea con la misma condición, sino antes ordena a unos para la vida eterna, y a otros para la condenación perpetua. Por lo tanto, según el fin para el cual el hombre es creado, decimos que está predestinado a la vida o a la muerte.»  [CALVINO. Institución de la Religión Cristiana. Tomo 2. São Paulo: Unesp, 2009, p. 380]

Según el predeterminismo calvinista el pecado y la caída de Adán no solo fue permitido por Dios, sino ordenado [planificado y llevado a cabo] por Dios:

“Dios previó la Caída de Adán, e indudablemente permitirle caer no fue algo contrario a Su voluntad, sino conforme a ella. […] Y también que, puesto que todos están perdidos en Adán, los que perecen, perecen por el justo juicio de Dios; pero al mismo tiempo testifico como mi solemne confesión que lo que le sucedió, o le sobrevino, a Adán, estaba ordenado por Dios.” [CALVINO, Juan. De la Predestinación y la Providencia de Dios. Capítulo 6]

Agustín dice acerca de su propia autoridad: «Yo desearía que cada uno aceptara mis opiniones de tal modo que me siguiese únicamente en aquello de lo que le consta que yo no me he equivocado. Pues yo escribo libros en los que me encargo de refundir mis propias obras, para mostrar que ni siquiera yo me he seguido a mí mismo en todas las cosas». Lamentablemente, a lo largo de la historia del dogma algunos tomaron las especulaciones filosóficas-teológicas de Agustín sobre la “predestinación” y las convirtieron en “dogmas de fe”, sin tener en cuenta las advertencias del mismo Agustín. Mucho antes de la Reforma Protestante la Iglesia se encargó de condenar repetidamente la herejía del predestinacionismo, hasta llegar al siglo XVII con el obispo Cornelio Jansenio y el jansenismo (la versión católica de Calvino y el calvinismo).

«La confrontación con la herejía pelagiana resulta larga y agotadora y, al caer toda esperanza de hacer entrar en razón al adversario, asume tonos cada vez más duros y ásperos, sobre todo en la polémica contra el discípulo de Pelagio, Juliano de Eclana; en este caso Agustín llega casi a rozar la exasperación polémica, la cual, si no la situamos en el contexto más amplio del debate, podría hacer caer sobre él la acusación de predestinacionismo.»   [OROZ RETA, J. y GALINDO RODRIGO, J. A. El Pensamiento de San Agustín para el hombre de hoy Tomo I, La Filosofía Agustiniana. Ed. EDICEP, p. 119]

«Las tesis agustiniana sobre la relación entre libertad y gracia, maduradas en el contexto de una polémica encendida con los pelagianos, están en el centro de las disputas que dan trabajo a la teología moderna, mientras con la Reforma protestante se asiste a la formación de un verdadero y propio agustinismo heterodoxo. Un grave malentendido se producirá con Bayo y Jansenio; en el primero viene a perderse el carácter de gratuidad radical de la gracia, con resultado más pelagiano que agustiniano, mientras en el segundo la gracia viene a transformarse en fuerza invasora e invencible de la que poquísimos elegidos podrían beneficiarse. Luteranismo y jansenismo, aun apelando ambos a la doctrina agustiniana, en realidad «son un malentendido radical de ella». Agustín efectivamente no sólo no opone gracia y libertad, sino que ve en la primera la elevación y el perfeccionamiento de la segunda.» [OROZ RETA, J. y GALINDO RODRIGO, J. A. El Pensamiento de San Agustín para el hombre de hoy Tomo I, La Filosofía Agustiniana. Ed. EDICEP, p. 171]

A continuación demostraré por medio de los cánones y capítulos de los sínodos y concilios cómo la Iglesia (en todo lugar y en todo tiempo) condenó la predestinación tal como la enseña actualmente el calvinismo.

Controversia en la teología medieval:

Sínodo de Arlés, año 473: Carta de sumisión del presbítero Lúcido. Sobre la doctrina de la predestinación del presbítero Lúcido trataron dos sínodos: el Sínodo de Arlés del año 473 y poco después el Sínodo de Lyon. La refutación escrita fue redactada por el obispo Fausto de Reji y enviada a los treinta obispos sinodales de la Galia. Lúcido tuvo que suscribirla.

«Vuestra corrección es pública salvación y vuestra sentencia medicina. De ahí que también yo tengo por sumo remedio, excusar los pasados errores acusándolos, y por saludable confesión purificarme. Por tanto, de acuerdo con los recientes decretos del Concilio venerable, condeno juntamente con vosotros aquella sentencia

  • que dice que no ha de juntarse a la gracia divina el trabajo de la obediencia humana; que dice que después de la caída del primer hombre, quedó totalmente extinguido el albedrío de la voluntad;
  • que dice que Cristo Señor y Salvador nuestro no sufrió la muerte por la salvación de todos;
  • que dice que la presciencia de Dios empuja violentamente al hombre a la muerte, o que por voluntad de Dios perecen los que perecen;
  • que dice que después de recibido legítimamente el bautismo, muere en Adán cualquiera que peca;
  • que dice que unos están destinados a la muerte y otros predestinados a la vida;
  • que dice que desde Adán hasta Cristo nadie de entre los gentiles se salvó con miras al advenimiento de Cristo por medio de la gracia de Dios, es decir, por la ley de la naturaleza, y que perdieron el libre albedrío en el primer padre;
  • que dice que los patriarcas y profetas y los más grandes santos, vivieron dentro del paraíso aun antes del tiempo de la redención;
  • que dice que no hay fuego ni infierno.

Todo esto lo condeno como impío y lleno de sacrilegios. De tal modo, empero, afirmo la gracia de Dios que siempre añado a la gracia el esfuerzo y empeño del hombre, y proclamo que la libertad de la voluntad humana no está extinguida, sino atenuada y debilitada, que está en peligro quien se ha salvado, y que el que se ha perdido, hubiera podido salvarse.

También Cristo, Dios y Salvador, por lo que toca a las riquezas de su bondad, ofreció por todos el precio de su muerte y no quiere que nadie se pierda, Él, que es salvador de todos, sobre todos de los fieles, rico para con todos los que le invocan [Rom 10, 12], Y dado que sobre realidades tan importantes se debe dar satisfacción a la conciencia, recuerdo haber dicho antes que Cristo vino sólo para aquellos de los cuales tenia presciencia que habrían creído [apelando a Mt 20,28; 26,28; Heb 9,27]. Ahora, empero, por la autoridad de los sagrados testimonios que copiosamente se hallan en las divinas Escrituras, por la doctrina de los antiguos, puesta de manifiesto por la razón, de buena gana confieso que Cristo vino también por los hombres perdidos que contra la voluntad de Él se han perdido. No es lícito, en efecto, limitar las riquezas de su bondad inmensa y los beneficios divinos a solos aquellos que al parecer se han salvado. Porque si decimos que Cristo sólo trajo remedios para los que han sido redimidos, parecerá que absolvemos a los no redimidos, los que consta han de ser castigados por haber despreciado la redención.

Afirmo también que se han salvado, según la razón y el orden de los siglos, unos por la ley de la gracia, otros por la ley de Moisés, otros por la ley de la naturaleza, que Dios escribió en los corazones de todos [cf. Rom 2, 15], en la esperanza del advenimiento de Cristo; sin embargo, desde el principio del mundo no se vieron libres de la atadura original, sino por intercesión de la sagrada sangre.

Profeso también que los fuegos eternos y las llamas infernales están preparadas para las acciones capitales, porque con razón sigue la divina sentencia a las culpas humanas persistentes; sentencia en que incurren quienes no creyeren de todo corazón estas cosas. ¡Orad por mí, señores santos y padres apostólicos! – Yo. Lúcido, presbítero, firmé por mi propia mano esta mi carta, y lo que en ella se afirma, lo afirmo, y lo que se condena, condeno.»  

Sínodo II de ORANGE, comenzado el 3 de julio del 529. Conclusión, redactada por el obispo Cesáreo de Arlés

«Según la fe católica también creemos que, después de recibida por el bautismo la gracia, todos los bautizados pueden y deben, con el auxilio y cooperación de Cristo, con tal que quieran fielmente trabajar, cumplir lo que pertenece a la salud del alma. Que algunos, empero, hayan sido predestinados por el poder divino para el mal, no sólo no lo creemos, sino que si hubiere quienes tamaño mal se atreven a creer, con toda detestación pronunciamos anatema contra ellos.”

Sobre la predestinación y diversos abusos de los españoles [De la Carta Institutio universalis, a los obispos de España, del año 785 por el obispo Adriano I]

«Acerca de lo que algunos de ellos dicen que la predestinación a la vida o a la muerte está en el poder de Dios y no en el nuestro, éstos replican: «¿A qué esforzarnos en vivir, si ello está en el poder de Dios?; y los otros, a su vez: «¿Por qué rogar a Dios que no seamos vencidos en la tentación, si ello está en nuestro poder, como por la libertad del albedrío?». Porque, en realidad, ninguna razón son capaces de dar ni de recibir, ignorando la sentencia del bienaventurado Fulgencio al presbítero Eugipio contra las opiniones de un pelagiano…: «Luego Dios preparó las obras de misericordia y de justicia en la eternidad de su inconmutabilidad… preparó, pues los merecimientos para los hombres que habían de ser justificados; preparó también los premios para la glorificación de los mismos; pero a los malos, no les preparó voluntades malas u obras malas, sino que les preparó justos y eternos suplicios. Esta es la eterna predestinación de las futuras obras de Dios y como sabemos que nos fue siempre inculcada por la doctrina apostólica, así también confiadamente la predicamos…».

Reaparece la controversia predestinacionista en el S. IX

“La controversia predestinacionista tuvo su origen en una lectura descontextualizada de ciertos pasajes de San Agustín. Este, en polémica con los pelagianos, había predicado con gran energía la voluntad salvífica universal de Dios, pero, al mismo tiempo, y quizá llevado por la pasión de la polémica, parecía haber afirmado, en concreto, que los que se salvan, se salvan porque Dios los predestinó a la salvación, mientras que los que se condenan, se condenan porque Dios los abandonó a su suerte. San Agustín estaría viendo el problema desde la perspectiva —siempre compleja— de las relaciones entre la libertad y la gracia. En tal perspectiva, previstas las respuestas que el hombre habría de dar en el futuro y las gracias que Dios habría de concederle, a unos los predestina a la salvación y a otros parece abandonarlos a su condenación eterna. El análisis agustiniano es muy complejo y difícil, y por esta razón puede haber sido la causa de que el problema quedase momentáneamente acallado, pero no resuelto, y volviese a brotar con gran virulencia a mediados del siglo IX. El protagonista de la controversia predestinacionista fue el benedictino Gothescalco, en alemán Gottschalk. Este monje, acercándose a la lectura de los textos agustinianos, concluyó, hacia el año 848, que había dos predestinaciones similiter omnino, absolutamente equivalentes. Una predestinación de los buenos a la vida eterna, y otra de los malos a la muerte eterna. Negó, por tanto, la voluntad salvífíca universal de Dios e incluso la misma libertad humana en respuesta a la gracia. Su obispo, que era Rábano Mauro, al comprobar que Gothescalco era de origen francés, lo remitió a su diócesis de origen, que era Reims, donde presidía Hincmaro. Este, a la vista de las doctrinas sostenidas por Gothescalco, convocó un sínodo en la ciudad de Quierzy-sur-Oise, que tuvo lugar el año 849. Posteriormente se celebró otro sínodo en la misma ciudad de Quierzy, en el año 853. Ambos condenaron la doble predestinación sostenida por Gothescalco y afirmaron una única predestinación: Dios destina de antemano —es decir: predestina— a todos los hombres a la salvación eterna, aunque unos acogen la gracia de Dios y se salvan, y otros la rechazan y se condenan.”  [HISTORIA DE LA TEOLOGÍA, SAPIENTIA FIDEI, Serie de Manuales de Teología. Biblioteca de Autores Cristianos, p. 11-12]

Sínodo de QUIERCY, mayo del 853

«El sínodo se celebró bajo la presidencia del arzobispo Hincmaro dc Reims, en Quiercy (Oise). Va dirigido contra la doctrina dc Godescalco (Gottschalk), monje dc Orbais, que enseñaba la doble predestinación. Godescalco había sidocondenado ya en el año 848 por un Sínodo de Maguncia y en el año 849 en Quiercy.

Cap. 1, Dios omnipotente creó recto al hombre, sin pecado con libre albedrío y lo puso en el paraíso, y quiso que permaneciera en la santidad de la justicia. El hombre, usando mal de su libre albedrío, pecó y cayó, y se convirtió en «masa de perdición» de todo el género humano. Pero Dios, bueno y justo, eligió, según su presciencia, de la misma masa de perdición a los que por su gracia predestinó a la vida [Rom 8,29s; Ef 1,11] y predestinó para ellos la vida eterna, a los demás, empero, que por juicio de justicia dejó en la masa de perdición, supo por su presciencia que habían de perecer, pero no los predestinó a que perecieran; pero, por ser justo, les predestinó una pena eterna. Y por eso decimos que sólo hay una predestinación de Dios, que pertenece o al don de la gracia o a la retribución de la justicia.

Cap. 2. La libertad del albedrío, la perdimos en el primer hombre, y la recuperamos por Cristo Señor nuestro; y tenemos libre albedrío para el bien, prevenido y ayudado de la gracia; y tenemos libre albedrío para el mal, abandonado de la gracia. Pero tenemos libre albedrío, porque fue liberado por la gracia, y por la gracia fue sanado de la corrupción.

Cap. 3. Dios omnipotente quiere que «todos los hombres» sin excepción «se salven» [1 Tim 2,4], aunque no todos se salvan. Ahora bien, que algunos se salven, es don del que salva; pero que algunos se pierdan, es merecimiento de los que se pierden.

Cap. 4. Como no hay, hubo o habrá hombre alguno cuya naturaleza no fuera asumida en él; así no hay, hubo o habrá hombre alguno por quien no haya padecido Cristo Jesús Señor nuestro, aunque no todos sean redimidos por el misterio de su pasión. Ahora bien, que no todos sean redimidos por el misterio de su pasión, no mira a la magnitud y copiosidad del precio, sino a la parte de los infieles y de los que no creen con aquella fe «que obra por la caridad» [Gal 5,6] porque la bebida de la humana salud, que está compuesta de nuestra flaqueza y de la virtud divina, tiene, ciertamente, en sí misma, virtud para aprovechar a todos, pero si no se bebe, no cura.»  

Sínodo de VALENCE, 8 de enero del 855 

«La ocasión para este concilio la dieron las controversias acerca de la doctrina de la predestinación. La predestinación únicamente para la vida bienaventurada la defendieron los Padres sinodales del Sínodo de Quiercy bajo el liderazgo de Hincmaro (621-624). La doble predestinación en el sentido de un Agustinismo rígido, la propugnaban, entre otros, Floro de Lyon, Prudencio de Troyes y el obispo Remigio de Lyon. Prudencio de Troyes reprobaba, sí, la concepción errónea de Juan Escoto Erigena (cf. su obra De praedestinatione, escrita en el año 851), pero contrapuso a los capítulos del Sínodo de Quiercy sus propios “anti-capítulos”. El obispo Remigio de Lyon ocupó la presidencia del Sínodo de Valence que combatió de manera parecida al Sínodo de Quiercy. Después de disiparse las diferencias con respecto a la terminología, y de quedar eliminado el error de los adversarios de Hincmaro acerca de la terminología empleada por éste, los participantes en el Sínodo de Valence, reunidos posteriormente en el Sínodo de Langres (año 859) suprimieron del canon 4 de Valence aquellas palabras [*entre corchetes] que iban dirigidas contra el Sínodo de Quiercy. Luego las dos facciones se reconciliaron en el año 860 en el Sínodo de Toul y aceptaron la carta sinodal de Hincmaro y los capítulos tanto de Quiercy como de Valence.

Can. 1 …evitamos con todo empeño las novedades de las palabras y las presuntuosas charlatanerías por las que más bien puede fomentarse entre los hermanos las contiendas y los escándalos que no crecer edificación alguna de temor de Dios. En cambio, sin vacilación alguna prestamos reverentemente oído y sometemos obedientemente nuestro entendimiento a los doctores que piadosa y rectamente trataron las palabras de la piedad y que juntamente fueron expositores luminosísimos de la Sagrada Escritura, esto es, a Cipriano, Hilario, Ambrosio, Jerónimo, Agustín y a los demás que descansan en la piedad católica, y abrazamos según nuestras fuerzas lo que para nuestra salvación escribieron. Porque sobre la presciencia de Dios y sobre la predestinación y las otras cuestiones que se ve han escandalizado no poco los espíritus de los hermanos, creemos que sólo ha de tenerse con toda firmeza lo que nos gozamos de haber sacado de las maternas entrañas de la Iglesia.

Can. 2. Fielmente mantenemos que «Dios sabe de antemano y eternamente supo tanto los bienes que los buenos habían de hacer como los males que los malos habían de cometer», pues tenemos la palabra de la Escritura que dice: Dios eterno, que eres conocedor de lo escondido y todo lo sabes antes de que suceda [Dan. 13,42]; y nos place mantener que «supo absolutamente de antemano que los buenos habían de ser buenos por su gracia y que por la misma gracia habían de recibir los premios eternos; y previó que los malos habían de ser malos por su propia malicia y había de condenarlos con eterno castigo por su justicia», como según el Salmista: Porque de Dios es el poder y del Señor la misericordia para dar a cada uno según sus obras [Sal 61,12 s], y como enseña la doctrina del Apóstol: Vida eterna a aquellos que según la paciencia de la buena obra, buscan la gloria, el honor y la incorrupción; ira e indignación a los que son, empero, de espíritu de contienda y no aceptan la verdad, sino que creen la iniquidad; tribulación y angustia sobre toda alma de hombre que obra el mal [Rom. 2,7 ss].

Y en el mismo sentido en otro lugar: En la revelación de nuestro Señor Jesucristo desde el cielo con los ángeles de su poder, en el fuego de llama que tomará venganza de los que no conocen a Dios ni obedecen al Evangelio de nuestro Señor Jesucristo, que sufrirán penas eternas para su ruina… cuando viniere a ser glorificado en sus santos y mostrarse admirable en todos los que creyeron [2 Tes. 1,7 ss].

Ni ha de creerse que la presciencia de Dios impusiera en absoluto a ningún malo la necesidad de que no pudiera ser otra cosa, sino que él había de ser por su propia voluntad lo que Dios, que lo sabe todo antes de que suceda, previó por su omnipotente e inconmutable majestad. «Y no creemos que nadie sea condenado por juicio previo, sino por merecimiento de su propia iniquidad», «ni que los mismos malos se perdieron porque no pudieron ser buenos, sino porque no quisieron ser buenos y por su culpa permanecieron en la masa de condenación por la culpa original o también por la actual» (Floro de Lyon, Sermo de praedestinatione).

Can 3. Mas también sobre la predestinación de Dios plugo y fielmente place, según la autoridad apostólica que dice: ¿Es que no tiene poder el alfarero del barro para hacer de la misma masa un vaso para honor y otro para ignominia? [Rom. 9, 21], pasaje en que añade inmediatamente: Y si queriendo Dios manifestar su ira y dar a conocer su poder soportó con mucha paciencia los vasos de ira adaptados o preparados para la ruina, para manifestar las riquezas de su gracia sobre los vasos de misericordia que preparó para la gloria [Rom. 9, 22 s]: confiadamente confesamos la predestinación de los elegidos para la vida, y la predestinación de los impíos para la muerte; sin embargo, en la elección de los que han de salvarse, la misericordia de Dios precede al buen merecimiento; en la condenación, empero, de los que han de perecer, el merecimiento malo precede al justo juicio de Dios. «Mas por la predestinación, Dios sólo estableció lo que El mismo había de hacer o por gratuita misericordia o por justo juicio» (Floro de Lyon, Sermo de praedestinatione) según la Escritura que dice: El que hizo cuanto había de ser [Is. 45,11; versión de los LXX]; en los malos, empero, supo de antemano su malicia, porque de ellos viene, pero no la predestinó, porque no viene de Él. La pena que sigue al mal merecimiento, como Dios que todo lo prevé, ésa sí la supo y predestinó, porque justo es Aquel en quien, como dice San Agustín ( cf. Agustin, De praedestinatione  sanctorum 17,34 (PL 44,986), tan fija está la sentencia sobre todas las cosas, como cierta su presciencia. Aquí viene bien ciertamente el dicho del sabio: Preparados están para los petulantes los juicios y los martillos que golpean a los cuerpos de los necios [Prov. 19,29]. Sobre esta inmovilidad de la presciencia de la predestinación de Dios, por la que en Él lo futuro ya es un hecho, también se entiende bien lo que se dice en el Eclesiastés: Conocí que todas las obras que hizo Dios perseveran para siempre. No podemos añadir ni quitar a lo que hizo Dios para ser temido [Eclo. 3,14]. «Pero que hayan sido algunos predestinados al mal por el poder divino», es decir, como si no pudieran ser otra cosa, «no sólo no lo creemos, sino que si hay algunos que quieran creer tamaño mal, contra ellos», como el Sínodo de Orange, «decimos anatema con toda detestación».

Can. 4. [En este canon se pone de manifiesto la interpretación errónea que hicieron del capítulo 4 del Sínodo de Quiercy, sobre la expiación ilimitada en relación a los impíos que murieron antes de la venida de Cristo; posteriormente en el Sínodo de Toul se entendieron las partes y se convalidó lo proclamado en el Sínodo de Quiercy] Igualmente sobre la redención por la sangre de Cristo, en razón del excesivo error que acerca de esta materia ha surgido, hasta el punto de que algunos, como sus escritos lo indican, definen haber sido derramada aun por aquellos impíos que desde el principio del mundo hasta la pasión del Señor han muerto en su impiedad y han sido castigados con condenación eterna, contra el dicho del profeta: Seré muerte tuya, oh muerte; tu mordedura seré, oh infierno [Os. 13, 14]; nos place que debe sencilla y fielmente mantenerse y enseñarse, según la verdad evangélica y apostólica, que por aquéllos fue dado este precio, de quienes nuestro Señor mismo dice: «Como Moisés levantó la serpiente en el desierto, así es menester que sea levantado el Hijo del Hombre, a fin de que todo el que crea en El, no perezca, sino que tenga la vida eterna. Porque de tal manera amó Dios al mundo, que le dio a su Hijo unigénito, a fin de que todo el que crea en Él, no perezca, sino que tenga vida eterna» [Juan 3,14-16]; y el Apóstol: «Cristo se ha ofrecido una sola vez para cargar con los pecados de muchos» [Hebr. 9, 28]. Ahora bien, los capítulos [cuatro, que un Concilio de hermanos nuestros aceptó con menos consideración, por su inutilidad, o, más bien, perjudicialidad, o por su error contrario a la verdad, y otros también] concluidos muy ineptamente por diecinueve silogismos y que, por más que se jacten, no brillan por ciencia secular alguna, en los que se ve más bien una invención del diablo que no argumento alguno de la fe, los rechazamos completamente del piadoso oído de los fieles y con autoridad del Espíritu Santo mandamos que se eviten de todo punto tales y semejantes doctrinas; también determinamos que los introductores de novedades, han de ser amonestados, a fin de que no sean heridos con más rigor.

Can. 5 Igualmente creemos ha de mantenerse firmísimamente que toda la muchedumbre de los fieles, «regenerada por el agua y el Espíritu Santo» [Juan 3, 5] y por esto incorporada verdaderamente a la Iglesia y, conforme a la doctrina evangélica, bautizada en la muerte de Cristo [Rom. 6, 3], fue lavada de sus pecados en la sangre del mismo; porque tampoco en ellos hubiera podido haber verdadera regeneración, si no hubiera también verdadera redención, como quiera que en los sacramentos de la Iglesia, no hay nada vano, nada que sea cosa de juego, sino que todo es absolutamente verdadero y estriba en su misma verdad y sinceridad. Mas de la misma muchedumbre de los fieles y redimidos, unos se salvan con eterna salvación, pues por la gracia de Dios permanecen fielmente en su redención, llevando en el corazón la palabra de su Señor mismo: «El que perseverara hasta el fin, ése se salvará» [Mt. 10,22; 24,13]; otros, por no querer permanecer en la salud de la fe que al principio recibieron, y preferir anular por su mala doctrina o vida la gracia de la redención que no guardarla, no llegan en modo alguno a la plenitud de la salud y a la percepción de la bienaventuranza eterna. A la verdad, en uno y otro punto tenemos la doctrina del piadoso Doctor: «Cuantos hemos sido bautizados en Cristo Jesús, en su muerte hemos sido bautizados» [Rom. 6, 3]; y: «Todos los que en Cristo habéis sido bautizados, de Cristo os vestisteis» [Gal. 3, 27]; y otra vez: «Acerquémonos con corazón verdadero en plenitud de fe, lavados por aspersión nuestros corazones de toda conciencia mala y bañado nuestro cuerpo con agua limpia, mantengamos indeclinable la confesión de nuestra esperanza» [Hebr. 10, 22 s]; y otra vez: «Si, voluntariamente… pecamos después de recibida noticia de la verdad, ya no nos queda víctima por nuestros pecados» [Hebr. 10, 26]; y otra vez: «El que hace nula la ley de Moisés, sin compasión ninguna muere ante la deposición de dos o tres testigos. ¿Cuánto más pensáis merece peores suplicios el que conculcare al Hijo de Dios y profanara la sangre del Testamento, en que fue santificado, e hiciere injuria al Espíritu de la gracia?» [Hebr. 10, 28 s].

Can. 6. Igualmente sobre la gracia, por la que se salvan los creyentes y sin la cual la criatura racional jamás vivió bienaventuradamente; y sobre el libre albedrío, debilitado por el pecado en el primer hombre, pero reintegrado y sanado por la gracia del Señor Jesús en sus fieles, confesamos con toda constancia y fe plena lo mismo que, para que lo mantuviéramos, nos dejaron los Santísimos Padres por autoridad de las Sagradas Escrituras, lo que profesaron el Sínodo africano [Sínodo de Cartago, año 418] y el de Orange [año 529], lo mismo que con fe católica mantuvieron los beatísimos pontífices de la Sede Apostólica [Capítulos pseudo-celestinos o Indículus]; y tampoco presumimos inclinarnos a otro lado en las cuestiones sobre la naturaleza y la gracia.

En cambio, de todo en todo rechazamos las ineptas cuestioncillas y los cuentos poco menos que de viejas [1 Tim. 4, 7] y los guisados de los discípulos de Escoto que causan náuseas a la pureza de la fe, todo lo cual ha venido a ser el colmo de nuestros trabajos en unos tiempos peligrosísimos y gravísimos, creciendo tan miserable como lamentablemente hasta la escisión de la caridad; y las rechazamos plenamente a fin de que no, se corrompan por ahí las almas cristianas y caigan de la sencillez y pureza de la fe que es en Cristo Jesús [2 Cor. 11, 3]; y por amor de Cristo Señor avisamos que la caridad de los hermanos castigue su oído evitando tales doctrinas. Recuerde la fraternidad que se ve agobiada por los males gravísimos del mundo, que está durísimamente sofocada por la excesiva cosecha de inicuos y por la paja de los hombres ligeros. Ejerza su fervor en vencer estas cosas, trabaje en corregirlas y no cargue con otras superfluas la congregación de los que piadosamente lloran y gimen; antes bien, con cierta y verdadera fe, abrace lo que acerca de estas y semejantes cuestiones ha sido suficientemente tratado por los Santos Padres…

León IX, obispo de Roma, Carta Congratulamur vehementer, a Pedro, patriarca de Antioquía, del 13 de abril de 1053. Pedro de Antioquía había pedido a León IX una confesión de fe, al mismo tiempo que le enviaba la suya propia. Una colección semejante de artículos de fe se conserva en los Statuta Ecclesiae Antiqua que eran interrogaciones que solían hacerse a los obispos que habían de ser consagrados.

«Creo también que el Dios y Señor omnipotente es el único autor del Nuevo y del Antiguo Testamento, de la Ley y de los Profetas y de los Apóstoles; que Dios predestinó solo los bienes, aunque previó los bienes y los males; creo y profeso que la gracia de Dios previene y sigue al hombre, de tal modo, sin embargo, que no niego el libre albedrío a la criatura racional.»

Alejandro II, obispo de Roma, carta “Licet ex” al príncipe Landulfo de Benevento, año 1065

«Nuestro Señor Jesucristo, en efecto, como se lee, no forzó a nadie a servirle, sino que, dejada a cada cual la libertad del propio albedrío, todos los que ha predestinado a la vida eterna no los ha llamado del error juzgándolos, sino derramando su propia sangre.»

Jan Hus, que hizo suyas muchas de las enseñanzas de John Wyclif, hizo resurgir el predestinacionismo, que ya había sido condenado universalmente por la Iglesia, y que influyó posteriormente en la Reforma Protestante. A continuación algunas de las enseñanzas de Hus:

 –  Única es la santa Iglesia universal, que es la totalidad de los predestinados. Y después prosigue: la santa Iglesia universal es única como sólo uno es el número de todos los predestinados.

 –   Pablo no fue nunca miembro del diablo, aunque realizó algunos actos semejantes a la Iglesia de los malignos.

–   Los reprobados no forman parte de la Iglesia, como quiera que, al final, ninguna parte suya ha de caer de ella, pues la caridad de predestinación que la liga, nunca caerá.

–   El reprobado, aun cuando alguna vez esté en gracia según la presente justicia, nunca, sin embargo, es parte de la Santa Iglesia, y el predestinado siempre permanece miembro de la Iglesia, aun cuando alguna vez caiga de la gracia adventicia, pero no de la gracia de predestinación.

–  Tomando a la Iglesia por la congregación de los predestinados, estuvieren o no en gracia, según la presente justicia, de este modo la Iglesia es artículo de fe.

–  La gracia de la predestinación es el vínculo con que el cuerpo de la Iglesia y cualquiera de sus miembros se une indisolublemente con Cristo, su cabeza.

Las enseñanzas de Jan Hus fueron condenadas en el Concilio de Constanza (1414-1418).

Cuando en el Concilio de Trento (1545-1563) La Iglesia Católica Romana afirma en el canon 17 (cánones sobre la Justificación) lo siguiente:

«Si alguno dijere que la gracia de la justificación no se da sino en los predestinados a la vida, y todos los demás que son llamados, son ciertamente llamados, pero no reciben la gracia, como predestinados que están al mal por el poder divino: sea anatema.»

en realidad no es un invento de la Iglesia de Roma, sino que es una enseñanza que toda la Iglesia creyó en todo lugar y en todo tiempo, y si alguna vez se levantaron voces predestinacionistas, o predeterministas, fueron condenadas desde la ortodoxia y la sana enseñanza. Recordemos también que todos los sínodos y concilios que acabamos de leer pertenecieron a la Iglesia latina; ya que en la Iglesia griega jamás aceptaron algo parecido al predestinacionismo. Es por lo tanto el calvinismo el último intento del predestinacionismo por resurgir dentro de la Iglesia, pero como hemos visto en los decretos de los distintos sínodos y concilios de la Iglesia a través de los siglos, se debe rechazar como lo que es: una herejía anatemizada unánimemente.

Los textos de los concilios han sido extraídos del ENCHIRIDION SYMBOLORUM – El Magisterio de la Iglesia, de DEZINGER y HÜNEMANN. Editorial Herder.

Redacción y recopilación de textos Gabriel Edgardo Llugdar, para Diarios de la Iglesia, 2022

La Predestinación, en los Concilios de la Iglesia

«Pelagio, monje de origen irlandés, vivía en Roma desde comienzos del siglo V. Su severo ascetismo y sus rígidas predicaciones contra la disolución de costumbres en la capital de un imperio decadente, le dieron gran prestigio entre sus discípulos. Al entrar en Roma las tropas de Alarico (410 d.C.), huyó a Sicilia y después a Cartago, juntamente con el abogado Celestio; continuó predicando con fuego las exigencias morales más estrictas, basándose en las exigencias de la naturaleza y el valor del esfuerzo humano por conseguir la virtud. Poco o casi nada se dejaba a la acción de Dios en orden a conseguir la salvación… Adán, lo mismo que sus descendientes, podían salvarse con el mero esfuerzo de su voluntad, sin que para Adán (ni para sus descendientes) fuera necesaria la gracia, ni para los niños sea necesario el bautismo. San Agustín (354-430) se dio pronto cuenta de la gravedad de tales afirmaciones y con toda rapidez fueron condenadas en un sínodo reunido en Cartago (411)… Pero el asunto no terminó. Celestio se trasladó a Roma y logró, mediante una tergiversación de la doctrina pelagiana que el sucesor de Inocencio, Zósimo absolviera a Pelagio. Los obispos africanos insisten… En mayo del 418 se reunieron más de 200 obispos. Sus decisiones más importantes sobre el pecado original y la gracia fueron confirmadas por Zósimo (obispo de Roma), e integradas veinte años más tarde en una colección  conocida con el nombre de «lndiculus», y aceptada por la Iglesia como expresión de la tradición de la Iglesia.

El Indiculus, en su Capítulo I dice así:

Por la prevaricación de Adán, todos los hombres han perdido su ‘natural posibilidad’ e inocencia, y nadie hubiera podido por medio de su libre albedrío levantarse del abismo de aquella ruina, si la gracia de Dios misericordioso no lo hubiera levantado, como lo declara el papa Inocencio, de feliz memoria, en su carta al concilio de Cartago: «Víctima un día de su libre albedrío, al usar inconsideradamente de sus propios bienes, el hombre cayó en las profundidades de su prevaricación y no encontró medio alguno para salir de allí. Y engañado para siempre por su libertad, yacería oprimido por esta ruina, si no lo hubiera levantado por su gracia la venida de Cristo, quien mediante la purificación de un nuevo nacimiento, lavó con el baño del bautismo todo delito pasado».

Si bien el pelagianismo, como tendencia a negar el mundo sobrenatural de la gracia, sigue perviviendo en muchos espíritus, sin embargo, como problema dogmático, quedó definitivamente zanjado en los concilios africanos del siglo V, recibidos por la Iglesia universal. El pelagianismo propiamente dicho parece acabado ya en el siglo V. Otra cosa hay que decir de lo que se llamaría el «semipelagianismo». Este término es relativamente moderno [comenzó a usarse en el S. XVI] y de hecho fue una reacción excesiva contra ciertas ideas de San Agustín en la manera de concebir la distribución de la gracia y el papel de la voluntad libre del hombre y la acción de Dios en el orden salvífico. San Agustín defendió siempre la soberanía de la gracia: 1) todos los actos que conducen a la salvación, se hacen con ayuda de la gracia; 2) la salvación es un don gratuito de Dios. Y, sin embargo, 3) Dios quiere la salvación de todos; 4) la libertad del hombre queda intacta bajo el influjo de la gracia. Cuatro verdades que ya en vida de San Agustín parecieron a muchos difíciles de conciliar. La resistencia más seria a estas doctrinas provino de los monjes del sur de Francia: Juan Casiano y Vicente de Lerins [ambos venerados -al igual que Agustín- en la Iglesia Católica y en la Ortodoxa]. Agustín decía: Dios predestina gratuitamente a los que quiere. Sus opositores decían: para la primera gracia se requieren y bastan los méritos propios; Dios da de ordinario su gracia salvífica a aquellos que con su propia libertad se han hecho acreedores de ella. De lo contrario, ni hay igualdad de condiciones para todos, ni se salvaría la libertad humana.

Próspero de Aquitania e Hilario, oriundo de Africa, dos seglares instruidos, avisaron a Agustín y movieron al papa Celestino l a que escribiera una carta a los obispos franceses en defensa de San Agustín cuando este ya había muerto. En ella defiende el papa la autoridad de Agustín, pero sin tomar partido a favor de todas sus posiciones. No parece exagerado decir que esta aprobación de Celestino traza el camino que hay que seguir y que seguirá siempre el magisterio, reconociendo, por una parte, la gran competencia y seguridad doctrinal de Agustín y evitando, por otra, el canonizar todas y cada una de las formulaciones del santo… la Santa Sede ha rechazado, como ya lo hizo Celestino, el canonizar una opinión por el solo hecho de ser de san Agustín. Baste recordar las 30 proposiciones jansenistas [ultra-agustinos] condenadas por decreto del Santo Oficio el 7 de diciembre de 1690. La proposición 30 decía así: «Donde se encuentre una doctrina claramente fundada en Agustín, puede mantenerse y enseñarse absolutamente, sin necesidad de tener en cuenta ninguna bula pontificia». San Agustín mismo era mucho más modesto en valorar su doctrina que los mismos jansenistas; y en esto mostraba un espíritu mucho mas católico.»   [COLLANTES, Justo. LA FE DE LA IGLESIA CATÓLICA Las ideas y los hombres en los documentos doctrinales del Magisterio. Biblioteca de Autores Cristianos, p. 181-182; 553]

«Poco después de su muerte, Agustín se convirtió ya en una de las mayores autoridades de la Iglesia. Pero difícilmente la autoridad de un doctor de la Iglesia habrá sido objeto de usos tan indebidos como lo fue la autoridad de Agustín ( cf. la 30ª proposición jansenista condenada). Agustín dice acerca de su propia autoridad: «Yo desearía que cada uno aceptara mis opiniones de tal modo que me siguiese únicamente en aquello de lo que le consta que yo no me he equivocado. Pues yo escribo libros en los que me encargo de refundir mis propias obras, para mostrar que ni siquiera yo me he seguido a mí mismo en todas las cosas» (De dono perseverantiae 21).»  [DEZINGER. Enchiridion. 237]

El Indiculus, que ya en el siglo V consiguió reconocimiento universal, concluye así:

«En conclusión, por estas reglas de la iglesia, y por los documentos tomados de la divina autoridad, de tal modo con la ayuda del Señor hemos sido confirmados, que confesamos a Dios por autor de todos los buenos efectos y obras y de todos los esfuerzos y virtudes por los que desde el inicio de la fe se tiende a Dios, y no dudamos que todos los merecimientos del hombre son prevenidos por la gracia de Aquel, por quien sucede que empecemos tanto a querer como a hacer algún bien [cf. Filipenses 2,13]. Ahora bien, por este auxilio y don de Dios, no se quita el libre albedrío, sino que se libera, a fin de que de tenebroso se convierta en lúcido, de torcido en recto, de enfermo en sano, de imprudente en próvido. Porque es tanta la bondad de Dios para con todos los hombres, que quiere que sean méritos nuestros lo que son dones suyos, y por lo mismo que Él nos ha dado, nos añadirá recompensas eternas. Obra, efectivamente, en nosotros que lo que Él quiere, nosotros lo queramos y hagamos, y no consiente que esté ocioso en nosotros lo que nos dio para ser ejercitado, no para ser descuidado, de suerte que seamos también nosotros cooperadores de la gracia de Dios.»   [Indiculus, Capítulo 9. DEZINGER. Enchiridion. 248]

Concilio II de Orange – (3 julio 529)

«La doctrina agustiniana corría peligro de ser falseada, exagerando el influjo de la gracia, con detrimento de las obras y de la libertad humana, y subrayando de tal manera el don de la predestinación, que se viera comprometida la voluntad salvífica universal. Es posible que Lúcido, sacerdote de Riez, exagerara las tesis de San Agustín… Las exageraciones de Lúcido quedaron bien pronto cortadas; propusieron, primero el obispo, después un sínodo en Arlés (hacia el año 473), y poco después otro sínodo en Lyón, una serie de proposiciones contra ciertas desviaciones fundamentales. Lúcido las firmó y el asunto quedó resuelto.» [COLLANTES, Justo. LA FE DE LA IGLESIA CATÓLICA Las ideas y los hombres en los documentos doctrinales del Magisterio. Biblioteca de Autores Cristianos, p. 561]

Concilio de Arlés (473)
Fórmula de sumisión del presbítero Lúcido

«Sobre la doctrina de la predestinación del presbítero Lúcido trataron dos sínodos: el Sínodo de Arles del año 473 y poco después el Sínodo de Lyón. La refutación escrita fue redactada por el obispo Fausto de Reji y enviada a los treinta obispos sinodales de la Galia. Lúcido tuvo que suscribirla.

«Vuestra corrección es pública salvación y vuestra sentencia medicina. De ahí que también yo tengo por sumo remedio, excusar los pasados errores acusándolos, y por saludable confesión purificarme. Portante, de acuerdo con los recientes decretos del Concilio venerable, condeno juntamente con vosotros aquella sentencia
– que dice que no ha de juntarse a la gracia divina el trabajo de la obediencia humana;
– que dice que después de la caída del primer hombre, quedó totalmente extinguido el albedrío de la voluntad;
– que dice que Cristo Señor y Salvador nuestro no sufrió la muerte por la salvación de todos;
– que dice que la presciencia de Dios empuja violentamente al hombre a la muerte, o que por voluntad de Dios perecen los que perecen;
– que dice que unos están destinados a la muerte y otros predestinados a la vida;
– que dice que desde Adán hasta Cristo nadie de entre los gentiles se salvó con miras al advenimiento de Cristo por medio de la gracia de Dios, es decir, por la ley de la naturaleza, y que perdieron el libre albedrío en el primer padre.

Todo esto lo condeno como impío y lleno de sacrilegios. De tal modo, empero, afirmo la gracia de Dios que siempre añado a la gracia el esfuerzo y empeño del hombre, y proclamo que la libertad de la voluntad humana no está extinguida, sino atenuada y debilitada, que está en peligro quien se ha salvado, y que el que se ha perdido, hubiera podido salvarse. 
También Cristo, Dios y Salvador, por lo que toca a las riquezas de su bondad, ofreció por lodos el precio de su muerte y no quiere que nadie se pierda. Él, que es salvador de todos, sobre todo de los fieles, rico para con todos los que le invocan [Rom 10,12]. Y dado que sobre realidades tan importantes se debe dar satisfacción a la conciencia, recuerdo haber dicho antes que Cristo vino sólo para aquellos de los cuales tenia presciencia que habrían creído. Ahora, empero, por la autoridad de los sagrados testimonios que copiosamente se hallan en las divinas Escrituras, por la doctrina de los antiguos, puesta de manifestó por la razón, de buena gana confieso que Cristo vino también por los hombres perdidos que contra la voluntad de Él se han perdido. No es lícito, en efecto, limitar las riquezas de su bondad inmensa y los beneficios divinos a solo aquellos que al parecer se han salvado. Porque si decimos que Cristo sólo trajo remedios para los que han sido redimidos, parecerá que absolvemos a los no redimidos, los que consta han de ser castigados por haber despreciado la redención.

Orad por mí, señores santos y Padres apostólicos! – Yo. Lúcido, presbítero, firmé por mi propia mano esta mi carta, y lo que en ella se afirma, lo afirmo, y lo que se condena, condeno.»   [DEZINGER. Enchiridion. 330-342]

Es curioso que esta carta, sobre la ortodoxia de la doctrina cristiana, no podría ser hoy firmada por la mayoría de los calvinistas, aquellos que tanto gustan de decir «la Iglesia condenó el semipelagianismo». Pero como acabamos de ver,  junto con el semipelagianismo también se condenó lo que siglos más tarde se llamaría TULIP.

II Concilio o Sínodo de Orange

Proemio:

Nos ha llegado que hay algunos que sobre la gracia y el libre albedrío por simplicidad quieren juzgar con menor cautela y no según la regla de la fe católica. Por lo cual nos ha perecido justo y razonable, según la admonición y la autoridad de la Sede Apostólica, que debíamos presentar para que sea por todos observados, y de nuestras manos firmar unos pocos capítulos que nos han sido trasmitidos por la Sede Apostólica, que fueron recogidos por los santos Padres de los libros de las sagradas Escrituras para esta causa principalmente, a fin de enseñar a aquéllos que sienten de modo distinto a como deben…

Canon 1:

Si alguno dice que por el pecado de prevaricación de Adán no «fue mudado» todo el hombre, es decir, según el cuerpo y el alma «en peor»,* sino que cree que quedando ilesa la libertad del alma, sólo el cuerpo está sujeto a la corrupción, engañado por el error de Pelagio, se opone a la Escritura, que dice: «¿No sabéis que si os entregáis a uno por esclavos para obedecerle, esclavos sois de aquél a quien os sujetáis?» [Rom 6, 16].

Canon 3:

Si alguno dice que la gracia de Dios puede conferirse por invocación humana, y no que la misma gracia hace que sea invocado por nosotros, contradice al profeta Isaías o al Apóstol, que dice lo mismo: «Me sido encontrado por los que no me buscaban; manifiestamente aparecí a quienes por mi no preguntaban»

Canon 4:

Si alguno sostiene que Dios espera nuestra voluntad para limpiarnos del pecado, y no confiesa que aun el querer ser limpios se hace en nosotros por infusión y operación sobre nosotros del Espíritu Santo, resiste al mismo Espíritu Santo… y al Apóstol que saludablemente predica: «Dios es el que obra en nosotros el querer y el acabar, según su beneplácito» [cf Fil 2,13].

Canon 5:

Si alguno dice que está naturalmente en nosotros lo mismo el aumento que el inicio de la fe y hasta el afecto de credulidad por el que creemos en Aquél que justifica al impío y que llegamos a la regeneración del sagrado bautismo, no por don de la gracia -es decir, por inspiración del Espíritu Santo, que corrige nuestra voluntad de la infidelidad a la fe, de la impiedad a la piedad-, se muestra enemigo de los dogmas apostólicos…

Canon 7:

Si alguno afirma que por la fuerza de la naturaleza se puede pensar, como convienen, o elegir algún bien que toca a la salud de la vida eterna, o consentir a la saludable, es decir, evangélica predicación, sin la iluminación o inspiración del Espíritu Santo, que da a todos suavidad en el consentir y creer en la verdad, es engañado de espíritu herético, por no entender la voz de Dios que dice en el Evangelio: «Sin mí nada podéis hacer»…

Canon 8:

Si alguno sostiene que pueden venir a la gracia del bautismo unos por misericordia, otros en cambio por el libre albedrío que consta estar viciado en todos los que han nacido de la prevaricación del primer hombre, se muestra ajeno a la recta fe. Porque ése no afirma que el libre albedrío de todos quedó debilitado por el pecado del primer hombre o, ciertamente, piensa que quedó herido de modo que algunos, no obstante, pueden sin la revelación de Dios conquistar por sí mismos el misterio de la eterna salvación. Cuán contrario sea ello, el Señor mismo lo prueba, al atestiguar que no algunos, sino ninguno puede venir a Él, sino «aquél a quien el Padre atrajere»

Canon 12:

Tales nos ama Dios cuales hemos de ser por don suyo, no cuales somos por merecimiento nuestro.

Canon 14:

Ningún miserable se ve libre de miseria alguna, sino el que es prevenido de la misericordia de Dios, como dice el salmista: «Prontamente se nos anticipe, Señor, tu misericordia» [Sal 79.8]; y aquello: «Dios mío, su misericordia me prevendrá» [Sal 59,11 (10)].

Canon 17:

 La fortaleza de los gentiles la hace la mundana codicia; mas la fortaleza de los cristianos viene de la caridad de Dios, que “se ha derramado en nuestros corazones”, no por el albedrío de la voluntad, que es nuestro, sino “por el Espíritu Santo que nos ha sigo dado” [Rom 5,5]

Canon 18:

«Por ningún merecimiento se previene a la gracia. Se debe recompensa a las buenas obras, si se hacen; pero la gracia, que no se debe, precede para que se hagan.

Canon 23:

Los hombres hacen su voluntad y no la de Dios, cuando hacen lo que a Dios desagrada; mas cuando hacen lo que quieren para servir a la divina voluntad, aun cuando voluntariamente hagan lo que hacen; la voluntad, sin embargo, es de Aquél por quien se prepara y se manda lo que quieren.

Conclusión:

Y así, conforme a las sentencias de las santas Escrituras arriba escritas o a las definiciones de los antiguos Padres, debemos por bondad de Dios predicar y creer que por el pecado del primer hombre, de tal manera quedó inclinado y debilitado el libre albedrío que, en adelante, nadie puede amar a Dios, como se debe, o creer en Dios u obrar por Dios lo que es bueno, sino aquél a quien previniere la gracia de la divina misericordia… Esta misma gracia, aun después del advenimiento del Señor, a todos los que desean bautizarse sabemos y creemos juntamente que no se les confiere por su libre albedrío, sino por la largueza de Cristo, conforme a lo que muchas veces hemos dicho ya y lo predica el Apóstol Pablo: «A vosotros se os ha dado, por Cristo, no sólo que creáis en El, sino también que padezcáis por Él» [Filipenses 1,29]

Según la fe católica también creemos que, después de recibida por el bautismo la gracia, todos los bautizados pueden y deben, con el auxilio y cooperación de Cristo, con tal que quieren fielmente trabajar, cumplir lo que pertenece a la salud del alma.

Que algunos, empero, hayan sido predestinados por el poder divino para el mal, no sólo no lo creemos, sino que si hubiere quienes tamaño mal se atreven a creer, con toda detestación pronunciamos anatema contra ellos.»  [Cánones del Concilio de Orange. DEZINGER. Enchiridion. 370-397]

En estos concilios, o sínodos antipelagianos, podemos notar dos cosas: una fuerte condena al predeterminismo (el tipo de predeterminismo, o predestinación, que hoy enseña el calvinismo); y el notable uso del concepto de la gracia preveniente. Recordemos que lo de la gracia preveniente no es un invento arminiano, es un término que lo hizo popular Agustín, y que en los concilios posteriores a su muerte se utiliza para referirse a la gracia que libera el albedrío del hombre, para que este pueda responder al Evangelio y obedecer a los mandamientos de Dios ( tal cual lo enseña el arminianismo).

Cualquier arminiano podría suscribir las declaraciones de estos concilios, porque condenamos el semipelagianismo (el cual enseña que la voluntad del hombre es anterior a la gracia) y condenamos el determinismo (el cual afirma que los que se salvan no podrían perderse y los que se pierden no podrían salvarse, puesto que han sido predestinados unos a la salvación y otros a la condenación sin tener en consideración para nada la voluntad humana).

Las verdades bíblicas no fueron descubiertas en el siglo XVI, ni por Lutero, ni por Calvino u otro reformador. Siempre estuvieron allí, aunque muchos las ignoraron, pero en los Concilios de la Iglesia quedaron registradas para ser recordadas. Por ello es una incongruencia condenar el semipelagianismo y no condenar la predeterminación o predestinación rígida (tal cual la enseña el calvinismo) ¡porque ambas fueron condenadas juntas en los mismos concilios! 

  • Artículo y recopilación de textos de Gabriel Edgardo Llugdar para Diarios de Avivamientos – Diarios de la Iglesia – 2020

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